La controversia en torno al asesoramiento de Cerimedo en el gobierno de Paz

Marcos Melgar agosto 19, 2026 2 min de lectura

El Gobierno de Rodrigo Paz se ha pronunciado aclarando que Fernando Cerimedo no ocupaba un cargo oficial dentro de la administración. Sin embargo, esta declaración ha suscitado nuevos interrogantes debido a la aparición de documentos que lo asocian directamente con la estructura estatal.

Uno de los documentos que ha levantado suspicacias es una tarjeta donde Cerimedo es referido como "Asesor Principal del Presidente". Además, se ha encontrado información que indica el uso de un correo electrónico institucional a su nombre, lo que contradice la versión oficial que sostiene que era un asesor externo sin vínculo formal con el Estado.

La controversia no se limita a la titularidad en una tarjeta. Se plantea un cuestionamiento sobre quién autorizó y facilitó el acceso de Cerimedo a recursos institucionales. Aunque un correo institucional no implica un nombramiento oficial, abre la puerta a interrogantes sobre las condiciones que permitieron que un particular utilizara herramientas del Estado.

La normativa boliviana establece reglas claras respecto al uso de bienes y servicios públicos, así como las responsabilidades que surgen del uso indebido de estos recursos. En este contexto, se genera una discusión sobre el uso de un título que podría implicar funciones públicas. Según el artículo 163 del Código Penal, la usurpación de funciones es un delito cuando se actúa como funcionario sin la debida autorización.

Si se confirma que Cerimedo no tenía un nombramiento oficial y, sin embargo, desempeñaba funciones que podrían considerarse públicas, se debería evaluar si hubo algún acto delictivo. No obstante, la mera utilización de la denominación de "asesor principal" no es suficiente para establecer la existencia de un delito en sí mismo.

Otro aspecto relevante es el papel de los funcionarios que permitieron a Cerimedo acceder a servicios o recursos estatales. La Ley 004, conocida como Ley Marcelo Quiroga Santa Cruz, regula el uso indebido de bienes y servicios públicos y señala las responsabilidades correspondientes cuando se hacen usos inadecuados de estos recursos.

Por lo tanto, más allá del verdadero cargo de Cerimedo, la pregunta crucial que surge es quién dentro de la administración autorizó su acceso a herramientas y recursos institucionales, y en qué marco legal se basaron para ello.

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