Impacto del Decreto Supremo 5739 en el Transporte Público

Pedro Guasase octubre 6, 2026 2 min de lectura

El decreto promulgado por el gobierno nacional indica que tanto personas individuales como jurídicas que operen en el ámbito del transporte automotor podrán beneficiarse de créditos productivos. Esto se destina específicamente para la compra o reemplazo de vehículos, así como para la reparación y mejora de los automóviles en uso.

Esta normativa se integra al Decreto Supremo 2055, que fue aprobado el 9 de julio de 2014, y busca fomentar el desarrollo dentro del sector de transporte automotor. Específicamente, se mencionan diversas modalidades de transporte que pueden acceder a estos créditos.

El artículo 2 del nuevo decreto establece que los créditos se podrán utilizar para la compra de vehículos, la sustitución de unidades viejas, así como para reparaciones o mejoras técnicas. También se permite adquirir motores y cualquier equipamiento necesario para el servicio de transporte.

Es importante tener en cuenta que el financiamiento no podrá ser utilizado para la adquisición de vehículos destinados al uso particular, según lo especificado en el decreto.

Los créditos productivos que se otorguen tendrán tasas de interés reguladas, situadas dentro de los límites establecidos para el sector productivo. Estas tasas se aplicarán a todos los nuevos créditos que se generen tras la publicación del Decreto Supremo.

Finalmente, se prevé que en un plazo de 15 días, la Autoridad de Fiscalización del Sistema Financiero (ASFI) emita las normativas necesarias para la implementación de esta medida, garantizando así su correcto funcionamiento.

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