Facilidades de Pago: SIN Exime a Contribuyentes de Cuotas Impagas de Mayo a Julio

Pedro Guasase agosto 3, 2026 1 min de lectura

La Paz, 3 de agosto de 2026 (ABI). El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) ha implementado una medida excepcional que beneficia a los contribuyentes con facilidades de pago. De acuerdo con la disposición, las cuotas mensuales pendientes de mayo, junio y julio no serán clasificadas como ‘observadas’, evitando así que estos incumplimientos afecten a los contribuyentes.

Esta decisión, comunicada a través de un boletín institucional, responde a la necesidad de reconocer las dificultades técnicas que han enfrentado algunos contribuyentes debido a la adecuación y validación de la información en la Oficina Virtual Tributaria. Esta situación ha impedido el cumplimiento de los pagos, por lo que la administración tributaria ha optado por aplicar una flexibilidad temporal.

La Resolución Normativa de Directorio (RND) 102600000029, emitida el 31 de julio, establece que los importes pendientes deben ser regulados mediante el pago de las cuotas sucesivas. Aquellos que hayan tenido su última cuota programada para los meses mencionados tendrán hasta el 31 de agosto para saldar sus deudas.

Con esta normativa, el SIN reafirma su compromiso de apoyar a los contribuyentes, asegurando que la modernización tecnológica de sus servicios se traduzca en mayores facilidades y un mejor cumplimiento voluntario.

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